La I. Municipalidad de Río Ibáñez, llama a concurso público de antecedentes, para proveer en propiedad, el cargo de Director de Obras Municipales.
- CARACTERISTICAS GENERALES.
CARGO | Director de Obras Municipales |
ESCALAFÓN | Directivo |
GRADO | 10° EUM |
- PERFIL DEL CARGO
El perfil del cargo a proveer por la Municipalidad de Rio Ibáñez, es de un profesional que cuente con la experiencia laboral en el sector público, con capacidad de liderar, dirigir y controlar equipos de trabajo, capaz de aplicar normas legales, técnicas e informativas con el fin de cumplir las labores atingentes al cargo. Además, deberá contar con capacidad de manejo de grupo, organizado analítico y dotado de conocimientos que le permita realizar una gestión eficiente y eficaz en base a los procedimientos internos y velar por el correcto cumplimiento de la normativa vigente.
Dentro de las cualidades inherente al Director de Obras Municipales que se provee por el presente concurso, deberá destacar entre otras las que siguen;
- El Directivo deberá poseer las capacidades, conocimientos y experiencia, para crear, organizar y poner en funcionamiento la Dirección de Obras en la Municipalidad de Río Ibáñez.
- Deberá poseer aptitudes y destrezas que faciliten la gestión municipal, así como las funciones propias del cargo.
- Es deseable que el Directivo tenga conocimientos y/o experiencia en área de Obras Municipales.
- El Directivo deberá cumplir con las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funcionamiento interno de la Municipalidad de Río Ibáñez y las Instrucciones Impartidas por el Alcalde o quien lo subrogue.
- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR DE OBRAS.
- Respecto de la Ley General de Urbanismo y Construcciones:
- Estudiar los antecedentes, dar los permisos de ejecución de obras, conocer de los reclamos durante las faenas y dar recepción final de ellas, todo de acuerdo a las disposiciones sobre construcción contempladas en esta ley, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, los Planes Reguladores, sus ordenanzas locales y las Normas y Reglamentos respectivos aprobados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
- Dirigir las construcciones que ejecute directamente el municipio, y supervigilar estas construcciones cuando se contraten con terceros.
- Respecto de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador regional y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones.
- Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y modificaciones de deslindes de predios en las áreas urbanas, de extensión urbana, o rurales en el caso de aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Dar aprobación a los anteproyectos y proyectos de obras de urbanización y edificación y otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de que estos cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción.
- Recibirse de las obras y autorizar su uso, previa verificación de que estas cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General.
- Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones y urbanización
- Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización
- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
- Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural y pronunciarse sobre los informes de mitigación de impacto vial presentados en la comuna a petición de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones o de la dirección de Tránsito y Transporte Públicos Municipal respectiva.
- Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal., sean ejecutadas directamente o a través de terceros.
- En general aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
- CONOCIMIENTOS SOBRE NORMATIVA
- Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales
- Ley N°18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
- Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- Ley N°20.285, de Transparencia y Acceso a la información Pública.
- Ley N° 19.880, establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado.
- DFL N°458, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
- Ley N°20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regulación de ampliaciones de viviendas sociales contemplados en la Ley N°20.251.
- Ley N°20.234, que establece un procedimiento de saneamiento y regulación de loteos
- Ley 19.537 Ley de Copropiedad Inmobiliaria
- Ley 19.300, que aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
- REQUISITOS GENERALES DE POSTULACIÓN.
- Carta dirigida al Alcalde
- Currículum Vitae actualizado.
- Ser ciudadano (fotocopia de la cédula de identidad)
- Certificado de Antecedentes
- Certificado de Título Profesional en original o fotocopia autorizada ante Notario u oficial del Registro Civil.
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de expiración de funciones. Lo que podrá ser acreditado por declaración simple. La falsedad de esta declaración hará recurrir en penas establecidas en el Art.210 del Código Penal.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito (Certificado de Antecedentes).
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo, condición que se solicitará acreditar al postulante seleccionado para ocupar el cargo.
- Tener disponibilidad inmediata para asumir el cargo
Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no deberán estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades, contenidas en los Art.54, 55, 55 bis, 56 de la Ley 18.575 “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.
Las postulaciones se deberán entregar en sobre cerrado, dirigido al Secretario Municipal, en su anverso deberá indicarse “Antecedentes Concurso Público, Director de Obras Municipales, Río Ibáñez”. En el reverso deberá indicarse el nombre y dirección del postulante. El sobre con los antecedentes se deberá ingresar a través de la oficina de partes de la Municipalidad de Río Ibáñez, ubicada en calle Carlos Soza N°161 de Puerto Ingeniero Ibáñez, Región de Aysén, durante los días y horarios que se indica en Cronograma del Concurso.
Quienes no presenten alguno de los documentos y/o antecedentes antes singularizados, quedarán fuera del concurso en la etapa de admisibilidad.
No se podrán agregar antecedentes, ni retirar, una vez entregados los sobres en la oficina de Partes de la Municipalidad de Río Ibáñez.
- REQUISITOS EDUCACIONALES :
CARGO | ESTUDIOS |
Director de Obras Municipales 10° | Profesional del área de la construcción con título de una carrera de 10 semestres en área de construcción, arquitectura o ingeniería civil, con más de dos años de experiencia en obras municipales. |
- REQUISITOS EXCLUYENTE.
Idoneidad psicológica según entrevista llevada a efecto.
- REQUISITOS DESEABLES NO EXCLUYENTES.
- Experiencia laboral en Municipios
- Experiencia laboral en Instituciones Públicas
- Experiencia laboral en área de Obras Municipales.
- ETAPAS Y FACTORES A EVALUAR.
Etapa de Admisibilidad: Corresponde a la instancia en que se chequea los antecedentes obligatorios requeridos para la postulación (Requisitos de Postulación N° V de las Bases)
El postulante que no cumpla con los documentos obligatorios será declarado inadmisible, para continuar a etapa de evaluación.
Etapa de Evaluación de Antecedentes:
Afinidad y/o pertinencia del título profesional con la función y cargo: este tendrá una ponderación de 20%. En caso de tener más de un título, sólo se considerará aquel que tenga mayor ponderación.
Factor Experiencia Laboral: este factor tendrá una ponderación de 40%.
Se evaluará experiencia en Municipios, Instituciones Públicas y Experiencia Laboral en área de Obras. La experiencia laboral se deberá acreditar con documento formal (Certificado, Decreto de Nombramiento según corresponda) y deberá tener sintonía con el Currículum Vitae.
Factor Aptitudes Específicas para el desempeño de la función: Este factor tendrá una ponderación de 40%
Se evaluará por medio de entrevista personal a los postulantes, por parte del Comité de Selección del Concurso.
Se considerará postulante idóneo a quienes hayan calificado en la etapa de admisibilidad y que en la evaluación de los factores Afinidad y/o pertinencia del título profesional y Experiencia laboral, obtengan un porcentaje mínimo de 40%, los cuales se consignarán en una nómina de prelación, según puntaje obtenido. De estos, los Cinco puntajes más altos, pasarán a la etapa de evaluación de aptitudes específicas, para el desempeño del cargo (Entrevista)
Entrevista que opcionalmente y según decisión del postulante, podrá efectuarse por video llamada.
En caso de producirse un empate, se considerará para definir el puntaje superior, en el factor “Experiencia Laboral”, de persistir el empate, se seguirá con el factor “afinidad y/o pertinencia del título profesional.
Una vez concluido el proceso de evaluación en todas sus etapas, el Comité de selección, propondrá al Alcalde, para su resolución, los nombres de los candidatos que hubieren obtenido los mejores puntajes, con un máximo de tres.
El concurso podrá ser declarado, total o parcialmente desierto, sólo por falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia, cuando ninguno alcance el puntaje mínimo establecido para el concurso.
En caso de producirse un empate, se considerará para definir el puntaje superior en el factor experiencia laboral, de persistir el empate se seguirá con el factor pertinencia del título profesional.
Si el postulante notificado rechaza el cargo o no responde dentro del plazo indicado, o no entrega toda la documentación de ingreso dentro del plazo establecido, el Alcalde deberá nombrar a alguno de los otros postulantes de la terna.
X. Entrevista Psicológica.
Se llevará a efecto a los postulantes que ponderen el puntaje mínimo para ser llamados a la etapa de conocimiento, una entrevista psicológica, desarrollada por un profesional psicólogo, cuyo resultado será la aptitud, idoneidad o inaptitud para desarrollarse según el perfil del cargo en la Dirección de Obras Municipales. Los resultados de dichas entrevistas tendrán el carácter de reservados.
Los postulantes que sean calificados como aptos o idóneos serán llamados a la entrevista de conocimientos según dispone el cronograma del concurso.
FACTOR | TITULO PROFESIONAL | PUNTAJE |
Afinidad del título profesional con la función y cargo. | Ingeniero Civil en Obras Civiles | 20% |
Arquitecto | 20% | |
Ponderación 20% | Ingeniero en Construcción | 15% |
AÑOS DE EXPERIENCIA | ||
Experiencia Laboral | ||
Ponderación 40% | Menor de 1 año | 5% |
– Experiencia en Instituciones Públicas distintas a Municipalidades relacionados con la construcción y obras | 1 a 3 años | 15% |
4 a 6 años | 20% | |
– Experiencia en Departamento de Obras Municipales o Dirección de Obras Municipales o SECPLAN. | 7 o más | 25% |
Menor de 1 año | 5% | |
1 a 3 años | 15% | |
4 a 6 años | 20% | |
7 o más | 25% | |
CONOCIMIENTOS | ||
Aptitudes específicas para el desempeño del cargo y función. | – Conocimiento de la Comuna | 5% |
– Conocimiento de la institucionalidad municipal | 10% | |
Ponderación 40% | – Conocimiento de la gestión administrativa municipal y normas | 5% |
– Conocimiento de la normativa relativa a la DOM. | 20% |
XI. Proceso de Evaluación y Tabla de Puntaje:
XII. CRONOGRAMA DE CONCURSO.
N° | ETAPA DEL CONCURSO | FECHA |
1 | INFORMACIÓN A MUNICIPALIDADES DE LA REGIÓN | Viernes 02 de octubre de 2020 |
2 | PUBLICACIÓN DEL AVISO DEL CONCURSO EN DIARIO REGIONAL | Lunes 05 y martes 06 de octubre de 2020 |
3 | BASES DISPONIBLES en página www.rioibanez.cl y Oficina de Partes ubicada en Carlos Soza N°161. Pto. Ibáñez, comuna Río Ibáñez, XI Región Aysén. | Lunes 05 de octubre al martes 13 de octubre de 2020 |
4 | RECEPCION DE ANTECEDENTES | Miércoles 07 al viernes 23 de octubre de 2020 |
5 | EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES | Lunes 26 al viernes 30 de octubre de 2020 |
6 | ENTREVISTA PSICOLOGICA | Lunes 02 de Noviembre al 04 de Noviembre 2020 |
6 | EVALUACIÓN DE APTITUDES PARA EL DESEMPEÑO DE LA FUNCIÓN (ENTREVISTA PERSONAL) | Lunes 09 al viernes 11 de noviembre de 2020 |
7 | RESOLUCION DEL CONCURSO | Miércoles 18 de noviembre de 2020 |
8 | NOMBRAMIENTO | Martes 01 de diciembre de 2020 |
9 | ASUNCIÓN DEL CARGO | Martes 01 de diciembre de 2020 |